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 Formación - Bioética
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Análisis de un caso: Consentimiento informado

Autores:  

Ana Mª Costa Alcaraz y Carlos Almendro Padilla
Médicos de Familia. 
 

Actualizada el 28/02/2006.

 Tabla de contenidos:  
  Índice
viñeta Presentación del caso
viñeta Definiendo el problema
viñeta Buscando bibliografía
viñeta Cursos de acción posibles
viñeta Deliberando
viñeta Tomando una decisión
viñeta Excepciones al Consentimiento Informado
viñeta Comentarios
viñeta Bibliografía suplementaria
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  Casos clínicos: Bioética. Tema 9. Caso práctico (2). Bioética. Tema 9. Caso práctico (1)
  Cuestionario de autoevaluación
 
 
 
 

 

 Presentación del caso

A veces, el estilo de información puede generar yatrogenia. Esto es lo que aprendió Luis, residente de tercer año de Medicina Familiar y Comunitaria, con el caso de José:

José tiene 50 años. Fue derivado a la consulta del otorrinolaringólogo con sospecha de cáncer laríngeo. La sospecha se ha confirmado y, tras ser informado de su diagnóstico, se le pide que firme el consentimiento previo a cirugía. José es analfabeto funcional y se alarma ante un torrente de palabrotas, aderezado con malas noticias, al término del cual se le pide que estampe la firma en un folio escrito. Por supuesto, se niega y, por ello, se le excluye de la lista de espera para cirugía. Al día siguiente, acude a su médico de cabecera y le refiere, de forma atropellada, lo sucedido.

 Definiendo el problema
 Buscando bibliografía
 Cursos de acción posibles
 Deliberando sobre el curso de acción óptimo

El modelo clásico de relación médico-paciente es paternalista. Según dicho modelo el médico, como experto, debe procurar el mayor bien para sus pacientes sin que éstos puedan tener opinión al respecto, ya que son profanos en la materia. Dicho bien siempre venía determinado por la aceptación del orden natural y, para conseguirlo, el paciente debía obedecer sin cuestionar todo lo que el médico le propusiera. Sólo cuando fuera imprescindible hacerlo para conseguir colaboración, como en el caso de los procedimientos quirúrgicos, se debía informar antes de proceder. Nuestro paciente ha encontrado un médico que sigue el modelo paternalista y, ante la postura de resistencia al tratamiento considera terminada su relación profesional con él. Por una parte esto, aparentemente, se ajusta a la voluntad del paciente, luego está respetando su autonomía. Por otra, al existir un posible tratamiento curativo o, en su defecto otros paliativos, el médico está abandonando a un enfermo cuando todavía se puede hacer algo por él y, por tanto, está incumpliendo el principio de beneficencia.

Podría el médico haber decidido que prevaleciera el principio de beneficencia sobre el de autonomía. En este caso, por el tipo de tratamiento, es imposible actuar sin conseguir previamente la aceptación del paciente por lo que tuvo que solicitar su permiso. Si el médico estuviera decidido a conseguir dicha aceptación, podría haberlo intentado minimizando los riesgos de la intervención quirúrgica, aunque en ese caso habría estado transmitiendo una información sesgada al paciente y, por tanto, éste último habría decidido algo sin suficiente fundamentación y se estaría transgrediendo el principio de autonomía. Además el médico, al ocultar parte de la información, estaría incumpliendo el principio de no-maleficencia. Podría también, haber implicado a la familia, a espaldas del paciente, para que ésta lo presionara pero, también en este caso no se habría respetado el principio de autonomía, que se refiere al derecho del paciente a que se respete su proyecto vital e, incluso, se podría llegar a transgredir el de no-maleficencia si el paciente insiste en su negativa y queda enfrentado a los familiares.

Podría darse el caso de que el paciente, debidamente informado y acompañado en la deliberación por familiares, decidiera persistir en la negativa. Si se le da el alta, por una parte se le niega la posibilidad de que pueda cambiar de opinión, por otra es un comportamiento alejado del bien intrínseco de la profesión, que contempla la posibilidad de paliar cuando no se puede curar. En ambos casos, se está incumpliendo el principio de beneficencia e, incluso, podría estar actuándose con maleficencia si, como consecuencia de la negativa, se priva al paciente de tratamientos alternativos o de control de síntomas más adelante.

 
 Tomando una decisión

Nos encontramos con un médico que informa al paciente sobre su diagnóstico y, sin valorar el grado de comprensión, le cierra las puertas de su consulta. Una situación similar a la que se plantea cuando un paciente ingresado solicita el alta voluntaria. En este caso, atendiendo tanto al bien intrínseco de la profesión, como al respeto a los principios de la ética y también a las consecuencias derivadas de la actuación profesional, convendría que la información se hubiera proporcionado en términos comprensibles, incluyendo en ella las diferentes alternativas y sus consecuencias personalizadas según el paciente, e invitando al paciente a expresar sus dudas y temores para llegar, en deliberación conjunta, a la última decisión.
Si, aún entonces, el paciente persistiera en su negativa a ser operado, la excelencia profesional implica la obligación de no abandonarle, manifestándole de forma explícita la posibilidad de recibir el tratamiento o la posibilidad de recibir atención paliativa, cuando la precise.

En caso de que el especialista no hubiera actuado según los criterios de valor expresados, el médico de cabecera puede paliar el sentimiento de abandono que sufre el paciente:

En cuanto a los gestores tendrán que considerar que la solicitud de consentimiento informado, planteada de forma adecuada, consume tiempo. En este caso, como en el de cualquier otro procedimiento de medicina centrada en el paciente, que es la clave de la humanización de la asistencia, es preciso un mínimo de, al menos, diez minutos por paciente. Como reconocen los expertos, la incorporación del consentimiento informado a la práctica clínica no se hace «a coste cero». Realizar procesos de consentimiento informado consume tiempo, tiempo que tiene un precio que debe tomarse en consideración a la hora de programar y medir la actividad asistencial y de gestionar recursos. (Júdez J, Simón P. Consentimiento informado. Med Clin (Barc) 2001; 117: 99-106).

El consentimiento informado es una herramienta imprescindible en la comunicación médico paciente, necesaria para desarrollar el modelo de atención centrado en el paciente. Por una parte puede servir como guión estructurado en el proceso deliberación conjunta. Por otra, es un documento escrito útil, tanto para uso legal, como para investigar sobre las características de la comunicación y su impacto en el paciente, es decir, sobre la calidad de la misma.

 
 Excepciones al Consentimiento Informado

  1. Urgencia vital que requiere actuación profesional inmediata, sin que exista tiempo o posibilidad de comunicarse con el paciente.

  2. Incapacidad del paciente, lo que obliga a que el proceso de consentimiento informado se realice con sus representantes.

  3. Grave riesgo para la salud pública, lo que puede incluso legitimar actuaciones sanitarias coactivas, aunque no corresponde al médico adoptarlas por su cuenta.

  4. Imperativo legal o judicial.

  5. Privilegio terapéutico. A pesar de haberse utilizado con gran frecuencia para legitimar la ocultación sistemática de información a los pacientes, el privilegio terapéutico es un argumento que sólo puede justificarse éticamente en muy contadas ocasiones. De recurrir a él, es aconsejable que se deje constancia fundada de ello en la historia clínica del paciente y se brinde la información del caso a los familiares. [Accesible en www.sideme.org/doctrina/articulos/ci-ravf.pdf]

 Comentarios
 Bibliografía suplementaria

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